PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE LA JUNTA: qué es y para qué sirve
¿Que es la Junta de Compensación?
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Es una entidad administrativa que
agrupa a los propietarios de terrenos de la unidad de actuación urbanística
denominada Les Planes de Cabra, en el término municipal de Cabra del Camp, en
Tarragona.
La Junta se fundó a finales del año 2001 con más del 60% de la superficie de
la Unidad de Actuación. Esto fue posible porque algunos propietarios pusieron
un juicio contra la promotora Can Ruy S.A. exigiéndole que hiciera las obras
de urbanización. Esos propietarios cedieron gratis sus derechos en el juicio
a favor de la Asociación de Propietarios de Can Ruy que obtuvo sentencia condenado
a la promotora a hacer las obras.
Como la promotora no hizo las obras (está desaparecida), se la condenó a indemnizar
a la Asociación en una cifra cercana a los 100 millones de pesetas. Por esa
deuda la Asociación embargó la finca de la promotora, la sacó a subasta y se
la adjudicó cediéndola inmediatamente a la Junta de Compensación.
Gracias a todo ese mecanismo que llevó años y un gran esfuerzo se pudo conseguir
el 60% de superficie para poder constituir la Junta.
¿Quienes son los representantes de la
Junta?
En la asamblea del 22 de septiembre de 2002 se nombró presidente a Antonio Suarez Moyano, secretario a Josep-Antoni Gracia Vicente, tesorero a Gregorio Andreu Serrano.y a Josep Palau Porté, Francisco Martín Acién, Juan-Antonio Forte Martín, José-Luis Morales Martín y Antonio Rendón García como vocales. Estos cargos pueden ser confirmados o renovados en cada Asamble General.
¿Es obligatorio pertenecer a la Junta?
Si, todo propietario, por el solo hecho de serlo, tiene la obligación de pertenecer
a la Junta y contribuir a los gastos de la misma en proporción a su propiedad
Esta obligación está fijada por la ley y ningún propietario
puede negarse ya que su terreno está afectado por una inscripción
en el Registro de la Propiedad, de forma que cuando se vende el comprador hereda
la obligación de contribuir a los gastos de urbanización. Por
el solo hecho de comprar un terreno el comprador queda ya integrado en la Junta,
y tiene la obligación de comunicar que ha comprado.
¿Que pasa si alguién no quiere ser de la Junta? ![]()
Si alguien se niega a pertenecer a la Junta ésta puede pedir del Ayuntamiento
de Cabra que inicie expediente de expropiación forzosa de su terreno
en beneficio de la Junta. En este caso la Junta abonará al propietario
que se niegue un justiprecio que marca la Ley de Expropiación Forzosa
y pasará a ser propietaria del terreno.
Para pertenecer a la Junta hay que adherirse a la misma. Esto ya lo han hecho
quienes han firmado su escritura durante el año 2001 y el 2002, porque
hay una cláusula de adhesión en ella. Para los que no tengan esa
cláusula en su escritura los abogados de la Junta iran contactando con
cada uno individualmente para que rellenen el formulario de adhesión.
¿Cuales son las funciones de la Junta?![]()
La finalidad de la junta es, en primer
lugar redactar el proyecto de compensación, con la reducción del
ámbito de la urbanización que se aprobó en la asamblea
de 22-09-2002, visto que es inviable económicamente hacer una urbanización
tan grande como la que contempla el plan parcial vigente.
Una vez aprobada la compensación y reubicados ya todos los propietarios
en sus terrenos definitivos, se deberá redactar el proyecto de urbanización
y después hacer todas las obras hasta terminarlas y ceder posteriormente
la gestión al Ayuntamiento, de forma que la zona pase a ser un casco urbano
más del término municipal de Cabra del Camp.
¿Con que dinero se van a hacer las obras?![]()
El dinero para las obras tiene que ser aportado por los propietarios en proporción
a la superficie de su terreno. De momento se fijó una cuota unitaria
por parcela, pero las cantidades aportadas serán regularizadas tan pronto
como concretemos el ámbito definitivo de la zona urbana de Fontscaldetes
y podamos fijar los coeficientes de cada parcela.
Una vez fijado el ámbito y asignados los terrenos quedarán algunos
en propiedad de la Junta, que podrán venderse y ayudar de esa forma a
pagar los gastos de urbanización.
¿Que pasa si no se pagan las cuotas de
la Junta?![]()
Las cuotas de la Junta tienen el mismo tratamiento que los impuestos y son exigibles
por la via de apremio, como si fuese el Impuesto de Bienes Inmuebles. Si alguien
no paga las cuotas la Junta puede solicitar del Ayuntamiento o del Consell Comarcal
que inicie los trámite de embargo de bienes para el pago. Este embargo puede
ser de la parcela o puede ser de sueldos, cuentas, coches u otras propiedades.
En casos extremos la Junta también puede pedir la expropiación
de la parcela, descontando la deuda del justiprecio que se tenga que pagar,
y el propietario pierde su propiedad
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